Pregunta.- Leyendo la LES en la parte que nos afecta como internautas, tengo la impresión de que es claramente inconstitucional, más allá de que sea un atropello lo de un órgano administrativo haciendo tareas judiciales. ¿No lo considera así?
Respuesta.- La principal pega de la Ley es que atribuye a un órgano administrativo la posibilidad de cerrar una página web y eso es algo que puede afectar a cualquier internauta. Si una persona tiene un blog, se lo podrían cerrar por esta vía. Y si una persona participa activamente en un foro en ejercicio de su libertad de expresión, puede ver cómo ese medio de información es cerrado y, por tanto, en la práctica ve limitadas sus posibilidades de ejercicio de este Derecho Fundamental.
P.- ¿ Atenta esta reforma a ciertos principios de la Constitución Española?
R.- Sí, por encima de todo atenta contra el art. 20 de la Constitución y la previsión de que sólo un juez puede decidir el cierre o secuestro de un medio de información como es una página web. Pero además, altera en cierta medida las competencias que tienen asumidas las jurisdicciones civiles y penales sobre los conflictos en materia de propiedad intelectual.
P.- Las paginas de enlace y los usarios de internet que intercambian archivos ¿ son piratas, ladrones o delicuentes?
R.- Según la mayoría de resoluciones judiciales que se han dictado al respecto, ninguna de esas tres cosas.
P.- ¿Para cuándo una ley que nos proteja a los cunsumidores?
R.- En la actualidad España cuenta con una Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios, pero en materia de propiedad intelectual, lo cierto es que la normativa parece responder más a las necesidades de una industria caduca que no a favorecer un mayor y mejor acceso a la cultura por parte de los ciudadanos y consumidores.
P.- Sinceramente, ¿usted no piensa que detrás de las descargas y visionados online de películas y música están las grandes productoras? No es normal que antes de que se estrenen películas ya estén disponibles en red, con una calidad muy aceptable ¿No hay un acoso y derribo contra los internautas y en realidad son ellos los que mueven los hilos?. Sinceramente no creo que una persona normal se cuele en los preestenos o en las productoras y grabe o coja películas para colgarlas en la red
R.- Cuando en España había varias plataformas televisivas de satélite y cable, también se especulaba con que las mismas estaban detrás de la publicación de los códigos que permitían su visionado, con el objeto de captar el mayor número de abonados. Lo cierto es que en materia de propiedad intelectual hay una maraña de intereses claros y oscuros que a veces están enfrentados.
P.- Buenos dias Javier! Bueno, yo la primera duda que me surge es: ¿Qué es exactamente lo que quieren prohibir, las descargas en general o quieren cerrar las paginas que ofrecen links de descargas? Si ponen una serie en la tv no se puede descargar tampoco? porque si tengo un dvd grabador la puedo grabar, ¿no?
R.- La intención anunciada por los responsables de la Administración es cerrar un grupo concreto de páginas, pero la herramienta se crea y, dada la ambigüedad y falta de precisión con que se redacta, abre la posibilidad a una aplicación arbitraria de la norma, ya que los criterios para acordar el cierre son indeterminados y su interpretación se reserva la propia Administración, que decidirá si la propiedad intelectual se ha vulnerado y si es necesario ir a un Juez para que revise la medida.
P.- ¿Por qué crees que España sigue el juego a EEUU en el tema del P2P? Tenemos una legislación que funciona, jueces que cumplen -en su mayoría- favorablemente a los internautas. ¿Se pagan favores pasados? ¿Presión del lobby con Obama a la cabeza?
R.- Hay quienes piensan que el Presidente del Gobierno es consciente de que esta medida legislativa no podrá aprobarse en sede parlamentaria de ninguna de las maneras, y de ahí su escasa implicación pública en la misma dejando la faena principal a otros miembros del Gobierno. De esta forma, el Anteproyecto tendría la consideración de un brindis al sol para contentar a unos y otros, pero sin ninguna convicción de que esto salga realmente adelante.
P.- ¿Qué soluciones proponen desde las asociaciones de internautas para solucionar el problema y se llegue a un punto intermedio?
R.- ¿Qué punto intermedio? En materia de propiedad intelectual no es cuestión de buscar la equidistancia, lo que hay que hacer es estar a la Declaración Universal de Derechos Humanos que al respecto nos dice en su art. 27 que 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. Lo que sucede es que la normativa actual se ha alejado de estos objetivos para centrarse en intentar proteger los intereses de una industria cuyo modelo de negocio se está extinguiendo. Más que buscar el punto intermedio, lo que hay que hacer es cambiar el punto de vista.
P.- Ante esta nueva situación del cierre de páginas ¿quién actuará más rápido la Administración o los internautas creando nuevas páginas con servicios de descarga similares a los que existían?
R.- Esta es una las críticas que se hacen a la Ley: su carácter inútil ya que, de un lado, como comenta Francisco, lo normal es que los titulares de las webs que vayan a ser cerradas creen otras de contenido análogo, de forma que se estará jugando constantemente al ratón y al gato, pero, por otro, aunque se consiguiera cerrar todas estas páginas, la actividad de intercambio no cesará, puesto que el software de intercambio en redes p2p cuenta con buscadores propios, por no hablar de buscadores omnipresentes a los que en ningún caso se les va a cerrar la web.
P.- ¿Hasta dónde están dispuestos llegar para defender los derechos de los usuarios?
R.- No es una cuestión de ponerse límites, en cada caso, cada persona preocupada por la situación hará lo que estime pertinente, pero desde luego esta agresión a nuestros Derechos Fundamentales demanda una movilización importante, como la que está ocurriendo ahora en la Internet española.
P.- Se habla de modelos alternativos de negocio para la industria musical. Al hilo de las reformas propuestas en la Ley de Economía Sostenible, me ha surgido la siguiente duda: ¿Sería usted capaz de nombrar, al menos dos, modelos alternativos para un artista que no sean los de ganar dinero por copia?
R.- La mayoría de los músicos no viven del negocio de las copias. Este negocio es para ellos más una vía de promoción que otra cosa. En la actualidad ya hay muchos artistas y autores que han decidido distribuir su obra de manera alternativa, tanto en el negocio de la música (http://lamundial.net/), cinematográfico (http://www.elcosmonauta.es/) o editorial (http://www.enriquedans.com/2010/01/todo-va-a-cambiar.html).
P.- Como ya no podremos piraterar ¿Cesará el oprovioso canon de la SGAE?
R.- Con esta pregunta se pone de manifiesto una de las contradicciones de la normativa sobre propiedad intelectual. De un lado, un canon cada vez más presente en casi todos los soportes digitales que legitima el derecho de copia privada y, por otro, unas medidas legales que cada vez intentan restringir más ese derecho. Una muestra de los intereses enfrentados de la industria que nuestro legislador se empeña en proteger a costa de los ciudadanos.
P.- ¿ Qué opinión le merece a usted, que se considere un distribuidor de pirateria musical, al pobre navegante que se descarga musica a través de los programas Peer to Peer / P2P , cuando el usuario medio de ese tipo de programas no tiene ni la más remota idea de que al bajarse esos archivos al mismo tiempo lo está distribuyendo a los otros usuarios del mismo programa P2P mulero de turno ?
R.- Al navegante que comparte archivos por Internet no se le puede acusar de ser un pirata. Ya hay una circular de la Fiscalía que así lo dice. http://aui.es/IMG/pdf_CIRCULAR1-2006-FISCALIA.pdf
P.- ¿Porqué el gobierno se empeña en otorgarle a la SGAE y cia TODO lo que se relaciona con la cultura? Hay cultura más allá de la SGAE, Sinde y promusicae. ¿No todo es copyright restrictivo?. Un saludo desde Elche.
R.- En efecto, antes he dado algunos ejemplos de artistas y autores que han elegido otra vía para explotar sus obras.
P.- ¿Me pueden cerrar el blog por publicar enlaces a archivos compartidos en redes P2P?
R.- En la actualidad, para que se cierre una web, la medida tiene que ser decidida por un juez mediante una resolución suficientemente motivada, conforme al art. 20.5 de nuestra Constitución. Nosotros defendemos que esta facultad siga claramente en manos de los jueces, no de la Administración.
P.- ¿ Pone en peligro esta reforma la libertad y la neutralidad en la red?
R.- Desde luego, pone en riesgo la actual configuración de la Libertad de Expresión y, en cierta medida, podría afectar al llamado principio de neutralidad, desde el momento en que la Ley podría en la práctica obligar a un cierto control de los contenidos por parte del titular o dueño del servicio que se trate. Pero entiendo que esta afectación al principio de neutralidad no es sino una muestra de la merma que sufriría la Libertad de Expresión.
P.- la cultura es libre un artista de verdad no lo hace por dinero. Ver a Bustamante llorando porque en el top manta está su disco me parece patético cuando luego dice que no lo hace por el dinero y si ya nos cobran el canon (suponiendo con esto que vamos a grabar algún contenido con derechos de autor en el ¿por qué nos lo siguen prohibiendo?) que nos dejen descargar libremente tiene sus pros y sus contras La consola mas vendida de la historia(antes, nose si lo seguirá siendo…) fue la playstation2 ¿por qué? porque era la mas fácil de piratear Sony se forró vendiendo consolas porque la gente no pagaba por los juegos todo esto solo son obstáculos Mi pregunta es referida al canon ¿Por qué nos cobran como si fuésemos a piratear algo sólo con comprar un dispositivo de almacenamiento y luego no nos dejan hacerlo? es como que te metan en prisión por adelantado y aun así no poder cometer el crimen es incoherente xD SOFTWARE LIBRE!!
R.- Como he dicho antes, la generalización del canon y la restricción del derecho de copia privada constituyen una de las contradicciones que hay en nuestra normativa sobre propiedad intelectual. El problema es que quien vive del canon pretenderá que éste sea lo más amplio posible, pero quien vive de vender copias, pretenderá que éstas no se puedan hacer. El legislador español intenta proteger el negocio de unos y otros, pero olvidándose tanto de los creadores como de los ciudadanos que acceden a esas obras.
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