Pregunta.- ¿Como se incluye un piso vendido por cinco hermanos que lo adquirieron por herencia?
Respuesta.- Francisco, si está desocupado, cada hermano tendrá que incluir la quinta parte del 1,1 por 100 del valor catastral como imputación de renta
P.- Soy de Valencia, y me salio trabajo en Barcelona en el mes de julio del 2013 estando en paro, por lo que tengo de enero a agosto de meses de alquiler en Valencia y de agosto a diciembre de alquiler en Barcelona. ¿Cómo tengo que ponerlo en la declaración? Durante el mes de agosto estuve en las dos casas. Gracias.
R.- Beatriz, podrás deducir, si tu base imponible es inferior a 24.107 €, un 10,05% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 9.040 €, pero teniéndo en cuenta que el alquiler del mes de agosto solo lo podrás deducir por la vivienda de Barcelona que es la que habitabas por tu trabajo
P.- Una persona es despedida por ERE y pasa a cobrar el paro. ¿Por qué la agencia tributaria le cruje por tener dos pagadores, la empresa de donde fue despedido por ERE y el paro? ¿Por qué si alguien tiene 2 trabajos y sumados ingresos llega a 900€ lo crujen por tener dos pagadores,y sale a poagar el doble de quien en un solo trabajo gana 900€ le devuelven?
R.- Heleno, no paga más, paga lo mismo. Lo que ocurre es que al tener dos pagadores las retenciones son inferiores a las que te habría aplicado un solo. Por ello lo que no pagaste vía retenciones lo tienes que pagar ahora al declarar
P.- ¿A partir de que cantidad estoy obligado a presentar declaración?
R.- Manuel, si hablamos de rentas del trabajo y tienes un solo pagador a partir de 22.000 € brutos. Si tienes más de un pagador y el segundo y siguientes te han pagado 1.500 € o más, el límite es de 11.200 €. Aún así, tendrías que declarar si los rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención superan 1.600 €; o si las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras y subvenciones para adquirir vivienda en total suman más de 1.000 €
P.- ¿Cómo se declara la venta de un piso?
R.- Mar, Se declara en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales, por diferencia entre el valor de enajenación menos los gastos y el valor de adquisición actualizados más los gastos de compra. Si algunos de los propietarios es mayor de 65 años por su cuota de titularidad no tributará. Si el piso constituyó tu vivienda habitual, la ganancia la puedes dejar exenta en caso de reinversión
P.- Mi suegro murió el 11/12/2013. Hasta ahora presentaban la declaración conjunta con su esposa. ¿Que tipo de declaración debe presentar su viuda del ejercicio de 2013? Gracias.
R.- Gabriel, la suegra deberá presentar su declaración individual por todo el año. Los sucesores tienen que presentar la declaración del fallecido individual hasta el 11 de diciembre de 2013
P.- Tengo este año doble pagador en la renta debido a que me quede en paro.quisiera saber cual es el limite para estar exento y si en la suma para saber el limite se mete la paga extra que me dieron y tambien mi indemnizacion porque sino se mete no llego a 11200 euros.ya que me sale a pagar por los dos pagadores y no tengo nada mas,hay alguna forma de deducir algo o reducir.muchas gracias
R.- Miguel +angel La indemnización exenta no se computar para el límite de declarar, si las rentas del trabajo, incluída la paga extra u otras percepciones del finiquito, no supera los 11.200 €, no tienes que declarar, salvo que los rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención superen 1.600 €, o que las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras y subvenciones por vivienda sobrepasen los 1.000 €
P.- La referencia que me han mandado al ponerla y dar a aceptar me dice que es erronea. ¿Qué puedo hacer?
R.- Antonia, puedes solicitar información en el 901 33 55 33. Mira a ver si estas confudiéndo alguna letra O con algún cero (0)
P.- Hola. Tuve unos ingresos de rendimiento de trabajo de 8.000 euros y prestaciones del inem de unos 6.000. Retencinoes 1700 entre trabajo y retenciones de bancos. Me sale a devolver 950 aprox en el borrador. Incorporo 3.600 euros de pension de alimentos y no me modifica para nada la cantidad. Siempre lo modificaba otros años y me cambiaba el importe a devolver, este año no. ¿A que puede ser debido¿ Gracias
R.- TRASGU, probablemente no disminuya la cantidad a pagar porque te hayas olvidado de modificar los mínimos personales y familiares que, en tu caso, lo puedes incrementar en 1.600 €
P.- ¿Los gastos de instalación de placas solares en la vivienda habitual son deducibles en el IRPF?
R.- Ángel, en principio este gasto no es deducible. No obstante, si la instalación de las placas se ha realizado para mejorar la eficiencia energética de la vivienda en 2012 podría dar derecho a deducción y si hubieran quedado cantidades pendientes de deducir en dicho año, a lo mejor podrían deducirse en el 2013. En caso de mejora de la eficiencia energética, consulta las deducciones de tu Comunidad Autónoma, dado que algunas han establecido un incentivo de este tipo
P.- Tengo una hija de 19 estudiante que comparte un piso en alquiler. Ella no tiene rentas. ¿Puedo deducirme en la declaración de la unidad familiar las cuotas que pago de alquiler por ser estudiante?
R.- María, No puede pues no es la vivienda habitual de la madre.
P.- Mi madre tiene una pensión de viudedad, cobró 17603,88€, le retuvieron 1760,36€. Tiene minusvalía de 33%. Sólo tiene la vivienda habitual,ya pagada. Tenemos a medias dinero a plazo fijo. De ese dinero cada mes nos da unos intereses y nos retienen para hacienda. Yo que no tengo trabajo me devuelven la mitad de la retención,a mi madre no le devuelven ese dinero y le sale a pagar más de 100€ ¿Cómo puede ser?
R.- Yoana en principio, si los rendimientos de capital mobiliario que percibe están sometidas a retención y estos rendimientos, junto con ganancia patrimoniales retenidas, no superan 1.600 €, no tendrá obligación de presentar declaración
P.- Hola, he recibido el 50% de la propiedad de una casa al morir mi padre pero la tengo en nuda propiedad, ya que el usufructo es de mi madre, ¿tengo que declararla? Gracias
R.- ReJuan sí, el nudo propietario tiene que declarar el 1.1 por 100 del valor catastral como renta imputada si se revisó el valor después del 01-01-1994 y si se revisó antes el porcentaje es del 2 por 100
P.- ¿Nos afectará la reforma fiscal, que va a realizar el gobierno, en la renta del próximo año o será cuando hagamos la renta en abril de 2016?
R.- Hipolito nos afectará en abril de 2016
P.- Consultado el borrador y datos fiscales 2013, observo que no figura la subvención de 1000€ por acogerme al plan PIVE. ¿Saben cuál es el motivo? pues tengo entendido que debo declararlo. Si así fuera, al modificar el borrador, ¿en qué casilla tengo que ponerlo?. Gracias.
R.- Antonio, Aunque no figure en el borrador debe de ponerlo. Deberá declararlo en el apartado de ganancias patrimoniales que no proceden de transmisiones
P.- Soy español, pero vivo en USA, pero de vez en cuando me contratan por internet empresas españolas para trabajos puntuales de programación y me pagan en mi cuenta española. ¿Debo hacer la declaración de la renta en España?.
R.- Sergio, parece que es residente en EEUU. Por lo tanto podrá obtener un certificado de la Hacienda de dicho país, en ese caso no tiene que declarar en España y, dependiéndo del tipo de renta que le hayan pagado las empresas españolas habrá tributado aquí como no residente. En caso de que su familia e intereses permanezcan en España podría considerarse residente en España y, en cuyo caso, tributaría por nuestro IRPF por su renta mundial
P.- Hola,¿me pueden decir como se han de declarar las perdidas patrimoniales por la conversión de las “preferentes” en acciones? ¿qué casilla del impreso se ha de utilizar? ¿en cuantos ejercicios fiscales se podrían compensar estas perdidas? ¿como se haría el “diferimiento”? Gracias.
R.- Jose Luis, usted tiene un rendimiento de capital mobiliario negativo que deba declarar en el apartado correspondiente, casilla 025 del programa PADRE. Este rendimiento negativo podrá compensarlo con rentas positivas del capital mobiliario (intereses, dividendos…) en este año y, si no hubiera saldo suficiente en los 4 siguientes
P.- ¿Ha habido algún cambio este año?. ¿El dinero aportado a una ONG desgrava?
R.- Antonio, claro que sí, varios cambios. El dinero de la ONG, desgrava, con carácter general un 25 por 100 de lo donado
P.- No dispongo de la referencia de la casilla 620, como puedo obtenerla. GRACIAS
R.- Juan José, deberá solicitar en su Delegación una copia de la declaración del ejercicio 2012. También puede utilizar el PIN24h o una firma digital. Si en el ejercicio anterior no presentó declaración, en la página web www.aeat.es, encontrará el mecanismo para solicitarlo
P.- ¿Puedo modificar el borrador de la declaración para añadir el dinero que paso a los hijos por decisión judicial? ¿Cómo lo hago?
R.- Pedro, claro que sí. Existe un apartado en el borrador donde puedes modificar este dato, en su caso aplicará la tarifa por separado al importe satisfechos a los hijos, y al resto de rentas, con lo cual atenuará la progresividad de la tarifa. Además, debe modificar el mínimo personal añadiéndole 1.600 €
P.- ¿Cómo puedo saber el numero que me pide de la declaracion del 2012? ¿cómo lo puedo obtener? porque me lo pide en una casilla y no se qué poner. Espero su contestación
R.- Helga, debe poner el importe de la casilla 620 de la declaración de 2012, con decimales incluídos; si no hubiera declarado en la página web www.aeat.es, en el apartado de solicitud de borrador está previsto este caso
P.- En 2013 firmé el arbitraje de PPreferentes de Bankia. Tenía 30000 ? y ofrecieron devolverme 25876 ?. Una parte en metálico y otra en acciones.Al firmar el laudo las 13901 acciones se valoraron en 0.705 ? y vendí un mes después a 1.025 ? para recuperar los 30.000 ? iniciales. Cuando Bankia hizo el cambio de preferentes el 23 de mayo lo hizo a un precio de 1.35 ?.¿Como hago la declaración?Gracias.
R.- Patricio parece que usted adquirió preferentes por 30.000 € y en el laudo se determinó que deberían satisfacerle 25.876 €. Por lo tanto habrá obtenido un rendimiento de capital mobiliario negativo de 4.124 €. Este rendimiento negativo solo se puede compensar con los rendimientos de capital mobiliario positivos de 2013, y si restase saldo negativo, de la misma manera en los 4 años siguientes. Por otra parte parece que las acciones que le entregaron en el canje de preferentes estaban valoradas en 9.800,21 € (13.901 x 0,705). Como las vendió posteriormente a 1,025 € cada una, obtendría 14.248,52 €, por lo que la ganancia patrimonial obtenida será de 4.448,32 €
P.- Hola, el año pasado mi pareja y yo tuvimos nuestro segundo hijo el 31 de mayo, ¿cómo hay que indicar esto, así como poner la deducción por maternidad y las cantidades de 100€ mensuales que le han ido ingresando en la declaración?. Gracias
R.- Mario, en el apartado de situación familiar el programa de ayuda le pide la fecha de nacimiento y el nombre y apellidos de tu hijo. Respecto a la deducción por maternidad, si ya la has cobrado ahora la tienes que poner e indicar que la has cobrado
P.- Tengo el borrador, pero no me deja consignar la cantidad satisfecha en concepto de pension alimenticia de mi hijo, ¿este año ya no se puede consignar a efectos de IRPF? ya sé que no es deducción pero sí que bajaba la retención sobre esa cantidad. Gracias.
R.- Juan El borrador lo puedes modificar en este aspecto. Parece que lo intentas en el apartado de deducciones y no es ahí, ten cuidado también de no confudirlo con la pensión al cónyuge que va en otro apartado
P.- Hola, Compre una vivienda en junio de 2009 y he venido desgravándome la hipoteca hasta hoy, con la modificación que ha habido, ¿puedo seguir haciéndolo o ya no me corresponde?
R.- José Antonio si puedes
P.- Estimados señores: Mi duda es la siguiente. Mi padre falleció en octubre de 2013 y poco antes le concedieron un grado de discapacidad del 63% con una movilidad reducida del 7 puntos. ¿Sabrían ustedes si esta valoración de minusvalía puede ser motivo de deducción en la declaración? Gracias de antemano. Les saluda,María
R.- Maria si, en la declaración que presentes de tu padre debes indicarlo en las circunstancias personales poniéndo que la discapacidad es superior al 63 por 100, lo cual le generará un minimo por discapacidad que disminuirá su tributación. Tenga en cuenta si su Comunidad Autonóma tiene regulado algún tipo de deducción por este motivo
P.- No es una pregunta sobre la declaración de la Renta, pero no sé si pueden respondérmela. Tengo que hacer el pago trimestral del IVA, pero me han comentado que ya no puedo hacerlo como siempre, comprando el papel y rellenándolo. ¿Cómo se hace ahora? Gracias.
R.- Julián no puede declarar el IVA trimestral con papel preimpreso, pero puede declarlo con el que imprima después de rellenar el modelo 303 desde la página web de la AEAT
P.- ¿Cómo se puede bajar el programa PADRE 2013?
R.- Alfonso, Aún no está disponible, parece ser que a partir del 23 de abril
P.- ¿Cómo conseguir la casilla 620 si no encuetro la declaracion del año pasado? Gracias.
R.- Carmen pida una copia de la declaración a su Delegación. Si no declaró en 2012 no es necesario mete este importe para obtener el borrador
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