{"id":3951,"date":"2009-06-29T00:00:00","date_gmt":"2006-11-06T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/?p=3951"},"modified":"2006-11-06T00:00:00","modified_gmt":"2006-11-06T00:00:00","slug":"Jose_Luis_Utrera3951","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/Jose_Luis_Utrera3951\/","title":{"rendered":"Jos\u00e9 Luis Utrera"},"content":{"rendered":"<p>Pregunta.- Estoy pensando en divorciarme \u00bfqu\u00e9 me encontrar\u00e9 en su gu\u00eda? Gracias<\/p>\n<p>Respuesta.- En la gu\u00eda se encontrar\u00e1 los consejos b\u00e1sicos para que su divorcio no se convierta en un calvario, por ejemplo: recomendaciones para que controle sus primeros impulsos, como elegir bien el abogado que le defender\u00e1, lo que se va a encontrar en el juzgado el d\u00eda del juicio o, finalmente, cu\u00e1l va a ser el importe de la pensi\u00f3n que le tendr\u00e1 que abonar a sus hijos.<\/p>\n<p>P.- \u00bfC\u00f3mo surge este libro? Desde luego que habr\u00e1 gente que lo necesite&#8230;<\/p>\n<p>R.- Este libro surge precisamente de la experiencia que como juez de familia durante m\u00e1s de 12 a\u00f1os me han dado los 10.000 divorcios en los que he intervenido. Durante este tiempo he visto que muchos ciudadanos y ciudadanas llegan al juzgado con poca informaci\u00f3n sobre lo que es un proceso judicial de divorcio. El libro pretende completar esa informaci\u00f3n y aumentar lo que llamar\u00edamos &#8220;la cultura del divorcio&#8221;, en la que en Espa\u00f1a somos todav\u00eda bastante noveles, dado que nuestra tradici\u00f3n divorcista es escasa. El libro est\u00e1 escrito en una terminolog\u00eda f\u00e1cilmente accesible y tiene la ventaja de que en la misma obra se abordan los conflictos familiares desde una \u00f3ptica jur\u00eddico-legal y psicol\u00f3gica.<\/p>\n<p>P.- Se\u00f1or juez \u00bfLe cuesta mucho desconectar despu\u00e9s de un juicio?<\/p>\n<p>R.- A veces reconozco que es dif\u00edcil no llevarse el conflicto de una familia a casa, especialmente cuando uno ha visto c\u00f3mo los adultos cegados por unos sentimientos muy fuertes, pierden de vista el inter\u00e9s a proteger ha de ser el de sus hijos. \u00c9sa falta de preocupaci\u00f3n por sus hijos de los adultos genera mucho sufrimiento en los menores y hace que a veces algunos divorcios sean casos claros de malos tratos a menores. En ese supuesto al juez le resulta dif\u00edcil desconectar y olvidarse del drama de esos ni\u00f1os.<\/p>\n<p>P.- Buenos d\u00edas \u00bfMe podr\u00eda explicar qu\u00e9 es un Punto de Encuentro Familiar?<\/p>\n<p>R.- El Punto de Encuentro Familiar es un lugar neutral donde los progenitores divorciados desarrollan una parte del r\u00e9gimen de visitas fijado en favor de los menores. Es especialmente recomendado en \u00e1quellos casos en que existe una mala relaci\u00f3n entre los adultos y ello impide realizar las entregas y recogidas de los menores por s\u00ed mismos, necesitando la ayuda de profesionales. El Punto de Encuentro es un recurso que ha mejorado much\u00edsimo la respuesta jur\u00eddico-social que se da a los conflictos familiares y ha impedido que algunos progenitores no custodios pierdan la relaci\u00f3n con sus hijos. Ser\u00eda deseable que en todas las poblaciones donde existen Juzgados que conocen de asuntos de familia existiese un Punto de Encuentro Familiar.<\/p>\n<p>P.- \u00bfSe viven situaciones muy tensas en los juicios?<\/p>\n<p>R.- Efectivamente, los juicios de divorcio en muchos casos son conflictivos y realmente es quiz\u00e1 uno de los &#8220;momentos duros&#8221; por los que tienen que pasar quienes se divorcian. En gran medida, ello se debe a que los abogados son los que hablan y no siempre lo que cuentan es exactamente la realidad, pues las t\u00e9cnicas forenses a veces &#8220;distorsionan&#8221; la realidad. Ello ocurre especialmente cuando el abogado no es un especialista en asuntos de familia y desarrolla una t\u00e9cnica excesivamente &#8220;agresiva&#8221; respecto a la otra parte. Reconozco que hay muchas parejas que como consecuencia de la &#8220;liturgia procesal&#8221;, es decir, del juicio, salen del juzgado peor de lo que entraron.<\/p>\n<p>P.- \u00bfEl importe de una pensi\u00f3n en un mismo caso puede variar mucho dependiendo del juez que me toque? Muchas gracias<\/p>\n<p>R.- Efectivamente, puede haber una diferencia si no importante s\u00ed al menos significativa. Ello se debe a que la valoraci\u00f3n de las circunstancias concurrentes para fijar una pensi\u00f3n pueden ser interpretadas de manera muy distinta por un juez u otro. Precisamente para evitar esas posibles respuestas distintas a casos similares se est\u00e1n implantando las denominadas &#8220;tablas orientadoras&#8221; para la fijaci\u00f3n de pensiones. Estas tablas partiendo de los ingresos de uno o ambos progenitores y del n\u00famero de hijos determinan aproximadamente cu\u00e1l ser\u00eda la pensi\u00f3n resultante. Precisamente en el libro se contienen las tablas que actualmente y de forma m\u00e1s habitual se utilizan en muchos juzgados.<\/p>\n<p>P.- \u00bfUn abogado m\u00e1s caro garantiza una mejor defensa?<\/p>\n<p>R.- No necesariamente. El consejo que yo s\u00ed le dar\u00eda es que el abogado que elija sea un abogado especialista en asuntos de familia. Igualmente, le desaconsejo que escoja un abogado simplemente por el hecho de ser familiar o amigo de usted. En los procesos de familia existe una carga emocional ya de por s\u00ed muy intensa, como para que el letrado a\u00f1ada a\u00fan m\u00e1s emotividad, precisamente por la relaci\u00f3n cercana con el cliente. En alg\u00fan caso, he tenido que llamar la atenci\u00f3n a alg\u00fan letrado o letrada en tono amable dici\u00e9ndole que parec\u00eda ser el o ella quien se divorciaba.<\/p>\n<p>P.- Est\u00e1 claro que el matrimonio es la primera causa de divorcio, pero ahora en serio, \u00bfcu\u00e1les son los motivos m\u00e1s frecuentes por los que la gente se divorcia? \u00bfInfidelidades?<\/p>\n<p>R.- Por mi experiencia como juez de familia considero que actualmente la mayor causa de divorcio no son las infidelidades, sino la ruptura de la convivencia por desenga\u00f1o con lo que supone el matrimonio, especialmente cuando hay hijos menores. Vivimos quiz\u00e1s una sociedad demasiado hedonista y el matrimonio, y especialmente la crianza de los hijos, supone muchas renuncias que no estamos dispuestos a aceptar. Pasada la fase l\u00fadica del matrimonio y cuando aparece la realidad cotidiana, muchos matrimonios se rompen por no saber asumirla.<\/p>\n<p>P.- Con la crisis&#8230; \u00bfha notado que ha bajado, el numero de divorcios? lo digo porque conozco alguna pareja que no se ha podido divorciar porque no pueden tirar adelante solos con sus sueldos&#8230; Gracias<\/p>\n<p>R.- Seg\u00fan los datos estad\u00edsticos que yo manejo en el Juzgado, todav\u00eda es pronto para poder afirmar que la crisis econ\u00f3mica ha generado una disminuci\u00f3n en el n\u00famero de divorcios. Lo que s\u00ed se est\u00e1 detectando en el juzgado es un incremento de los procesos denominados de modificaci\u00f3n de medidas, es decir, \u00e1quellos en que el progenitor que abona la pensi\u00f3n alimenticia para los hijos, solicita una reducci\u00f3n de la misma al haber empeorado su nivel econ\u00f3mico normalmente por haber sido despedido de su trabajo. Aunque muchas de dichas solicitudes est\u00e1n justificadas, en otros casos se aprovecha la crisis econ\u00f3mica para intentar dejar de pagar una pensi\u00f3n con la que nunca se ha estado de acuerdo.<\/p>\n<p>P.- Un caso&#8230; pareja que empieza a tener problemas, tras una bronca, la mujer echa de casa al marido, que se va con lo puesto a casa de sus padres. La mujer no le deja volver a casa, ni si quiera a por sus cosas, ni a ver a su hija \u00bfQu\u00e9 debe hacer el marido?\u00bfLe puede denunciar ella por abandono de hogar aunque le haya echado?\u00bfDebe denunciarla \u00e9l primero?\u00bfQu\u00e9 puede hacer para que le deje ver a su hija? Gracias<\/p>\n<p>R.- En casos como el que plantea debe acudir lo m\u00e1s r\u00e1pidamente posible a un abogado que le orientar\u00e1 de los pasos concretos a dar. S\u00ed le recomiendo que no demore acudir a un letrado, pues adem\u00e1s de lo que usted tarde, luego el juzgado tarda un tiempo en tramitar su demanda, por lo que puede alargarse excesivamente la falta de contacto de sus hijos con usted, lo que evidentemente es un grave perjuicio para los menores. Existen procedimientos de urgencia que permiten resolver de forma r\u00e1pida casos como el suyo.<\/p>\n<p>P.- \u00bfhasta que edad se pasa la pension a los hijos?<\/p>\n<p>R.- No existe una edad determinada para cesar en el pago de la pensi\u00f3n alimenticia. Lo que determina que cese esa obligaci\u00f3n es que los hijos alcancen una idependencia econ\u00f3mica que permita cubrir por s\u00ed mismo sus necesidades b\u00e1sicas. O bien que esos hijos hayan terminado su fase formativa y no se incorporen al mercado laboral por falta de diligencia personal, o dicho con otras palabras, que ni estudien ni trabajen. Cualquiera de esas circunstancias es la que permite que se extinga la pensi\u00f3n alimenticia.<\/p>\n<p>P.- Tengo muchas reticencias a la nueva ley de divorcio. Creo que impide hacer un an\u00e1lisis sosegado de la situaci\u00f3n, y lo digo por experiencia. Yo descubr\u00ed un terrible secreto de mi ex marido y, pese al temor que ten\u00eda de que siguiera con sus pr\u00e1cticas cuando est\u00e9 al cuidado con mi hijo, tuve todo el rato la sensaci\u00f3n de que eso no cuenta, y no alegu\u00e9 nada. No es que me arrepienta, pero me parece todo muy injusto. \u00bfNo cree que el agilizar los tr\u00e1mites del divorcio y el no tener en cuenta determinados supuestos, puede resultar al final perjudicial? Gracias<\/p>\n<p>R.- Efectivamente la nueva Ley del divorcio supuso la desaparici\u00f3n del sistema causal o culpabil\u00edstico, y en ese sentido personalmente considero que ha sido un avance, pues evita que el proceso judicial se convierta en una especie de terapia que no conduce a ning\u00fan sitio. No obstante, si contin\u00faan teniendo cabida en el proceso aquellas cuestiones personales que puedan afectar al desempe\u00f1o de las funciones de progenitor custodio, o al desarrollo y fijaci\u00f3n de un r\u00e9gimen de visitas y estancia para el progenitor no custodio. Es decir, que si usted cree que su &#8220;ex&#8221; tiene alg\u00fan tipo de comportamiento que pueda perjudicar a sus hijos, s\u00ed puede hacerlo constar en el procedimiento judicial.<\/p>\n<p>P.- El problema de los divorcios suele estar en los hijos. \u00bfNo cree que hay un trato discrimanatorio hacia los padres respecto a las madres a la hora de dar la tutela?<\/p>\n<p>R.- No estoy totalmente de acuerdo con su afirmaci\u00f3n. Efectivamente la custodia, que no la tutela, se sigue confiriendo mayoritariamente a las madres, pero ello no se debe exclusivamente a los jueces, pues ha de recordarse que el 65% de los procesos se tramitan de mutuo acuerdo, es decir, que el juez ratifica lo que las partes han acordado previamente y en los convenios reguladores donde se pacta el r\u00e9gimen de guarda, mayoritariamente la custodia sigue siendo monoparental en favor de la madre. Creo que ese sistema responde m\u00e1s a un mantenimiento tras el divorcio de los roles tradicionales, que a decisiones adoptadas por los jueces. Personalmente creo que esos roles tardar\u00e1n un tiempo en cambiarse pues no basta para ello reformas legislativas.<\/p>\n<p>P.- una duda que tengo, una pareja de hecho que conviva sin estar casada, acuerda la ruptura de su relaci\u00f3n, se podr\u00edan pedir, pensiones compensatorias, Gracias<\/p>\n<p>R.- En las parejas no casadas se viene reconociendo la posibilidad de solicitar una compensaci\u00f3n que ser\u00eda similar a la llamada pensi\u00f3n compensatoria de las parejas casadas, si bien no recibe esa denominaci\u00f3n, habl\u00e1ndose m\u00e1s bien de indemnizaci\u00f3n. El Tribunal Supremo ha admitido esa posibilidad ya en numerosas sentencias, si bien exige que concurran unos requisitos muy similares a los de las parejas casadas.<\/p>\n<p>P.- Buenos d\u00edas. Soy un padre doviorciado con un hijo de 8 a\u00f1os. Me gustar\u00eda estar m\u00e1s tiempo con mi hijo de lo que establece el Conevio ( fines de semana alternos, mi\u00e9rcoles dos horas y mitad de vacaciones). Cree vd. que podr\u00eda solicitar la custodia compartida, teniendo en cuenta que mi ex no va a colaborar en nada??. No le parece un sinsentido que en la sociedad actual separarse de una mujer implique separarse de sus hijos?. Gracias<\/p>\n<p>R.- Efectivamente, y as\u00ed lo digo en mi libro, que se divorcien los progenitores no supone que los hijos tengan que separarse de cualquiera de ellos. No obstante, la relaci\u00f3n de los adultos con los hijos no debe medirse tanto en funci\u00f3n del tiempo sino de la calidad de los encuentros. Adem\u00e1s, el progenitor no custodio sigue ostentando el ejercicio conjunto de la patria potestad que confiere muchas facultades que frecuentemente no son ejercitadas. No obstante, reconozco que la custodia conjunta es una buena f\u00f3rmula para que los hijos tengan la mejor relaci\u00f3n posible con los progenitores, si bien y usted lo apunta en su pregunta, ello requiere una dosis de colaboraci\u00f3n entre los adultos que no siempre se da.<\/p>\n<p>P.- C\u00f3mo es posible que cada juez pueda interpretar la ley de una manera distinta si la ley es la misma, no cambia y debe ser clara y expl\u00edcita par a todos los ciudadanos? Qu\u00e9 deber\u00eda cambiar para evitar este &#8220;fraude&#8221;?<\/p>\n<p>R.- Ello se debe a que en materia de Derecho de Familia la Ley utiliza lo que los juristas denominamos &#8220;conceptos indeterminados&#8221;, es decir, palabras que pueden ser interpretadas de distinta forma por ser gen\u00e9ricas. Tiene que ser as\u00ed porque el legislador es muy dif\u00edcil que regule concretamente cada uno de los supuestos que se plantee, habiendo optado por dejar en manos del juez la concreci\u00f3n de los preceptos legales. Efectivamente, puede ocurrir que un caso similar sea resuelto de forma distinta por dos jueces. Pero ello es muy dif\u00edcil de evitar, aunque se est\u00e9 intentando por medio de que los jueces sean especialistas en la materia y de esa forma unificar la aplicaci\u00f3n de la Ley.<\/p>\n<p>P.- Buenos d\u00edas, se lleva hablando desde hace mucho tiempo sobre la mediaci\u00f3n familiar como medida para mejorar los procesos de separaci\u00f3n y divorcio (de hecho \u00faltimamente he escuchado hasta cu\u00f1as del gobierno en la radio), pero a pesar de que se cre\u00f3 un registro de mediadores, salvo la labor extrajudicial que realizan algunos ayuntamientos, la cosa no &#8220;pita&#8221;. \u00bfCree que la situaci\u00f3n cambiar\u00e1 o es como siempre un problema de dinero?<\/p>\n<p>R.- La mediaci\u00f3n familiar es un magn\u00edfico sistema de resoluci\u00f3n de los conflictos familiares. Personalmente, apuesto por dicha forma de resolver esos conflictos, precisamente porque vivo en el juzgado de forma directa las consecuencias a veces deplorables de un mal divorcio judicial. Tiene usted raz\u00f3n en que quiz\u00e1s no se est\u00e1 apostando todo lo necesario por este m\u00e9todo alternativo de resoluci\u00f3n de los conflictos, pero yo espero que poco a poco la propia sociedad vaya demandando de las administraciones p\u00fablicas mayores dotaciones presupuestarias que permitan extender la mediaci\u00f3n por todo el territorio nacional, de tal manera que cualquier ciudadano pueda optar, antes de acudir al juzgado, por servirse de un mediador familiar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Presenta el libro Gu\u00eda b\u00e1sica para un buen divorcio (Ed. Ediciones B) donde da consejos sobre c\u00f3mo elegir bien al abogado y aborda asuntos como cu\u00e1l puede ser el importe de la pensi\u00f3n de los hijos, qu\u00e9 es un Punto de Encuentro Familiar o c\u00f3mo se reparten los bienes tras el divorcio. Jos\u00e9 Luis Utrera es juez desde 1989 y juez de familia desde 1997.<br \/>\n\u00danase al grupo de los encuentros<br \/>\nde elmundo.es en Facebook<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-3951","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3951","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3951"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3951\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3951"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3951"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/intervius.com\/index.html\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3951"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}