Pregunta.- La independencia judicial ¿no se ve empañada por la pertenencia a una ideología o sector como es el de Jueces para la Democracia?
Respuesta.- Buenos días, En absoluto, la independencia judicial dicho en palabras llanas se identifica con el que el Juez no reciba presiones de otros Poderes del Estado o de los propios órganos de gobierno de los jueces, y esto está garantizado por nuestra legislación. Otra cosa es que un juez tenga una determinada ideología, y resuelva los casos teniendo en cuenta la misma, sin que aquélla sea determinante. Jueces para la Democracia defiende la independencia de cada uno de sus asociados que actúan con total independencia e imparcialidad, sometidos a la Ley. la única diferencia es que tratan de intepretarla de una manera más garantista y más protectora de los derechos de los ciudadanos.
P.- ¿Qué opinión le merece la actuacion del Gobierno y la oposicion a cuenta de la renovacion del consejo del poder judicial y del tribunal constitucional? ¿esto no en una instrumentacion politica total y absurda de la justicia?, gracias
R.- Buenos días. No se puede afirmar que haya sido una actuación modélica, desde un punto de vista de pedagogía democrática. Realmente, se podrían haber hecho las cosas mucho mejor. Creo, no obstante, que objetivamente la oposición ha tenido una mayor responsabilidad, porque ha pretendido de alguna forma intentar que la Justicia le otorga aquello que no puede conseguir en el Parlamento.
P.- Estimado Jaime, ¿No cree que una evaluación teórico-práctica por 30 o 40 profesores universitarios durante 5 años es más precisa y objetiva que una absolutamente memorística, por un tribunal de 5 o 7 personas, durante 2 horas, y después de escuchar a 500 personas cantar 5 temas de por cabeza?
R.- Buenos días. Con esta pregunta voy a tratar de responder a varias cuestiones que me han hecho sobre el acceso a la Carrera Judicial. En principio, estimamos que en la próxima legislatura se debe abrir un debate sobre el acceso a la Carrera Judicial, en el que participen todos los operadores jurídicos y obviamente el Parlamento y el Consejo General. Históricamente, Jueces para la Democracia ha defendido otras posibilidades de acceso a la Carrera Judicial, aparte de la memorística prueba de oposiciones, que fundamentalmente garantiza que una persona ha aprendido unos temas y es capaz de desarrollarlos rápidamente en un plazo determinado, pero no garantiza que el Juez tenga conocimientos relevante de otros ámbitos. Tenemos que pensar si en el S XXI un Juez no debe tener otra cultura y otros conocimientos aparte de los jurídicos. Básicamente, puede defenderse el sistema de oposición, con otra configuración y otros sistemas de acceso. Además, habrá que replantearse el período de formación de la Escuela Judicial, donde el Juez debe aprender realmente la labor de Juez: la argumentación, análisis de la prueba, etc, y conocer otras instituciones públicas y privadas, frente al sistema actual donde prima sólo el conocimiento de Derecho. En otros países de la UE hay otros sistemas de acceso a la Carrera, donde prima en la primera fase el concurso de méritos y es tan válido como el sistema de España.
P.- Estimado y muy respetado Sr, es evidente que la justicia necesita muchas reformas y uno de ellos es el sistema de acceso. Entiendo que éste ha de mejorarse por cuanto que no es de recibo que el 80% de la magistratura sea conservadora, lo que no representa la realidad del Estado, reflejada en la composición del Congreso y el Senado.
R.- Buenos días. Completando lo expuesto anteriormente, efectivamente hay un dato que no puede ser negado, que es que el sistema de oposiciones provoca que una gran parte de las personas que accedan a la Carrera Judicial tengan una visión conservadora ( por simplificar) de la sociedad. Hay que tener en cuenta que el sistema de oposición exige un sacrificio temporal y económico que no todo el mundo se puede costear, y ello provoca que normalmente sean las personas más acomodadas las que pueden permitirse preparse durante cuatro o cinco años la preparación de la oposición más el año o dos años que exige la Escuela Judicial. Otros sistemas u otras medidas ( becas por ej.) podrían permitir que otras personas con menores recursos pudieran acceder a la carrera judicial, si bien obviamente sin que sea una forma para que entren en la Carrera personas afines a un determinado Partido Político, lo que creo que no ha ocurrido hasta ahora, a pesar de que ha habido otros sistemas de acceso.
P.- Buenos días: Como portavoz de Jueces para la Democracia, me gustaría conocer su opinión acerca de la propuesta del Ministro de Justicia para la modificación del acceso a la Carrera Judicial y Fiscal. Yo soy opositor, y tengo un buen expediente, aunque no brillante. ¿Debo empezar a preocuparme? Muchas gracias
R.- Buenos días. En absoluto, le animaría a que siga estudiando. Hay personas sin expedientes brillantes que acceden a la Carrera Judicial ( yo mismo tuve un buen expediente, pero no era brillante)
P.- Mantengo que la profesión de juez se debería de ejercer tras 15 años mínimo de cercanía a jueces veteranos y aprendiendo de éstos. No confío en la preparación de oposiciones de papagayo existentes en la actualidad ni creo que formen en absoluto para ese trabajo. ¿Está Usted de acuerdo?
R.- buenos días Una de los defectos que se le imputa a nuestro sistema es que acceden personas jóvenes (ahora no tan jóvenes) sin experiencia en la vida, lo que puede generar problemas de aplicación de la Ley, especialmente en los primeros años de ejercicio de la profesión. Los sistemas de tercer y cuarto turno pretenden que personas con esa experiencia ejerzan de juez y enriquezcan al conjunto de la carrera. Este sistema, también aplicable en otros países, puede ser un buen sistema complementario con el de unas oposiciones retocadas en mayor o menor medida.
P.- ¿Qué pasa con los anunciados juzgados de proximidad? ¿Se van a crear o se descarta esa posibilidad?
R.- Buenos días Según las últimas noticias, creo que se puede descartar la entrada en funcionamiento de los juzgados de proximidad, puesto que la Ley que los contemplaba no entrará en vigor esta legislatura, y creo que no tiene el suficiente respaldo parlamentario y social.
P.- Sr. Tapia, me gustaría preguntarle sobre la libertad de prensa y el límite de actuación de ésta. Y lo hago en el contexto de los hechos relativos al joven de la agresión en Barcelona. Qué posibilidad tenemos los ciudadanos de criticar la actuación de la prensa tan públicamente como ellos lo hacen respecto de todos los poderes???. Puede actuar la justicia cuando se pone en conocimiento público aspectos personales del presunto responsable???.
R.- Buenos días. Los límites de la libertad de prensa están marcados por la doctrina del tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, y me atrevería a afirmar que los medios de comunicación los conocen. Otra cuestión es la dificultad de deslindar los límites entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información y los derechos al honor, la intimidad o la propia imagen. Los ciudadanos pueden criticar la actuación de la prensa a través de los recursos que ofrecen los propios medios ( más bien escasos, cartas al director, etc.) y en última instancia, como observamos, acuden a diferentes instancias jurisdiccionales para preservar tales derechos fundamentales eventualmente vulnerados.
P.- Buenos días, señor Tapia. La mayoría de los jueces está de acuerdo con la decisión que ha tomado el juez encargado de tomar declaración al joven acusado de propinar una paliza a una inmigrante ecuatoriana en el metro de Barcelona de dejarlo en libertad y no pedir la prisión provisional ¿No cree q decisones como esta ayudan bien poco a acabar con los brotes de racismo y xenofobia?l Muchas gracias. Patricio Simó
R.- Buenos días. Sin entrar a analizar el caso concreto, le indicaré que en nuestro ordenamiento jurídico ( como en todos los de la UE) sólo se debe adoptar una medida cautelar como la prisión provisional, cuando exista un peligro de fuga ( no parece que exista en este caso); cuando exista un peligro de destrucción de pruebas o de reiteración delictiva( que tampoco parece que exista). La prisión provisional no puede ser utilizada para adelantar la pena que eventualmente le pueda corresponder a una persona, que tiene derecho a un juicio justo con todas las garantías. Por otro lado, la medida de prisión provisional es una medida subsidiaria que se ha adoptar de manera proporcional. Ha de tener en cuenta que se han adoptado medidas cautelares gravosas, como la obligación de comparecer en la Policía y ante el Juzgado, la imposibilidad de utilizar el metro, que no se pueden desconsiderar en cuanto que suponen una limitación de la libertad. El reproche social y jurídico se ha realizado, sin que no siempra sea necesario el ingreso en prisión. España es un país que tiene muchas personas en prisión. Si comparamos con otros países de nuestro entorno, tenemos una de la mayores tasas de personas encarceladas por habitante en la UE, y sin embargo somos de los países con menor tasa de criminalidad de la UE. Está probado que la cárcel no siempre es la medida más adecuada para atajar un problema social ni para disuadir más a ciertas personas de que no cometan delitos.
P.- ¿ Es partidario del acceso de los abogados con experiencia acreditada a la judicatura? ¿ Qué criterios se utilizarían en su selección?
R.- Buenos días. volviendo al tema del acceso, yo diría que en España en los últimos años han accedido a la Carrera Judicial abogados con experiencia acreditada a través del tercer turno ( ahora ya no en vigor) y también el cuarto turno ( para juristas de más de 10 años de experiencia profesional). Se utilizan criterios relacionados con el curriculum del candidato. En el caso de abogados, aparte de la experiencia profesional ( mayor o menor), los títulos académicos, publicaciones, defensa de procesos. Hay un sistema de baremo que permite determinar la puntuación concreta, y en función de esa puntuación y el número de plazas, se pasa la primera fase, y luego existe otra fase que debería ser más bien de concurso, pero que se convierte en una suerte de oposición y finalmente deben pasar un período corto de tiempo por la Escuela Judicial.
P.- ¿No cree Vd. que en el momento en el que nos encontramos de adaptación al sistema universitario europeo, de carácter más práctico y competitivo, la introducción de la iniciativa planteada por el Ministro podría servir de empujón definitivo para promover la excelencia académica?
R.- Buenos días. Los buenos expedientes siempre sirven para acceder mejor a la vida laboral, cualquiera que sea el ámbito, y está demostrado que las personas que tienen buen expediente pueden acceder a la Carrera Judicial a través de los diferentes sistemas vigentes o que han existido. Lo que ocurre es que la sociedad española está divididad en este momento sobre los métodos de acceso a la Carrera Judicial. Por eso hace falta mucho consenso social y político y comprobar en lo que aquí interesa si nuestra sociedad está madura para asumir que unos universitarios, con muy buen expediente, pueden acceder a la Carrera Judicial. Creo que por el momento en la sociedad española el sistema de oposición se observa como el más neutral o imparcial, pero ello no significa que no sea mejorable notoriamente y que pueda haber otros sistemas complementarios, pero creo sinceramente que por el momento, insisto, no se vería con buenos ojos que se modificar por un sistema en el que simplemente por tener un buen expediente se pudiera acceder a la Carrera Judicial, al margen de que tal vez se necesitaría una formación específica relativa al propio ejercicio de la labor de Juez.
P.- ¿No cree que es inadecuado que un alumno con las mejores notas no se someta a unas oposiciones?
R.- Buenos días. Reiterando lo ya expuesto, creo que en España se debe hacer un debate sobre cómo conseguir los mejores Jueces en el SXXI, en una sociedad compleja, en un mundo globalizado, y el acceso mediante una simple selección en función únicamente del expediente académico puede ser insuficiente si queremos conseguir personas adecuadas para ejercer la función jurisdiccional.
P.- No se ha planteado nadie el posible acceso a la carrera judicial -a través de sistemas que no sean el cuarto turno- de Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes que en muchos casos llevan años desempeñando funciones jurisdiccionales efectivas al frente de Juzgados con gran eficacia??? no se puede aprovechar su vasto conocimiento y experiencia como candidatos a la judicatura antes que contar con licenciados en derecho con un expediente brillante???
R.- Buenos días. De hecho ha habido Jueces sustitutos y Magistrados suplentes que han entrado en la Carrera Judicial, aunque tengo que reconocer que normalmente ha ido acompañado el curriculum del solicitante de otros méritos profesionales, al margen del ejercicio profesional. También ha habido una cierta reticencia por parte de los Tribunales del Tercer y Cuarto Turno para permitir el acceso de estos profesionales. Conozco Jueces sustitutos y Magistrados Suplentes que podrían haber sido muy buenos jueces profesionales de carrera judicial. Si un Juez sustituto o un magistrado suplente ( que ejerzan con cierta asiduidad) complementan su formación con cursos u otro tipo de formación, pueden llegar a acceder por el cuarto turno a la carrera judicial.
P.- ¿Es posible que la reforma al acceso de la judicatura, en vez de consistir en la posibilidad de que los alumnos con mejor expediente en derecho puedan acceder a la judicatura sin oposiciones, se encamine a promover el acceso a la misma pensando en aquellos que tenemos vocación pero no matriculas de honor en la carrera?
R.- Buenos días. Creo que a corto plazo, ni los que tengan matrículas de honor ni los que tengan un expediente menos brillante, podrán acceder a la Carrera Judicial simplemente por la vía de acceso directo ( si se puede llamar así), porque no hay un consenso social ni político para permitir que eso sea así.
P.- Soy letrado en ejercicio, y me veo impotente ante las decisiones arbitrarias de muchos jueces, no sirve el recurso, ya que a lo mejor es una admisión indebida de prueba y sólo nos queda una triste protesta que no sirve para nada, es muy desalentador. Mi pregunta es, ¿hay algún sitio donde protestar y que se nos haga un poco de caso?
R.- Buenos días. Nuestro sistema judicial es igual o incluso mejor me atrevería a decir que el de resto de países de la UE. Creo que las decisiones arbitrarias se pueden combatir a través de los recursos, y teniendo en cuenta que se está desarrollando justicia humana, con todas las limitaciones propias de esta expresión. Creo que a los abogados en general se les hace caso, y de hecho en los pleitos y procesos, se suele admitir la postura de uno de ellos. Por lo demás, el Consejo General y el resto de órganos de gobierno del Poder Judicial garantizan que no se produzca la arbitrariedad, como ejercicio ordinario del trabajo del Juez.
P.- ¿Hasta cuando tendremos que sufrir los ciudadanos las diferencias de actuación de los jueces, de forma que para el juzgado de violencia contra la mujer nº 1 de Madrid la adopción de medidas cautelares frente al presunto maltrato infantil tiene un carácter urgente, y para el Juzgado de Instrucción nº 34 sea uno más de los casos sin tratamiento de urgente, ni de adopción de medidas cautelares
R.- Buenos días. Cada Juez, mediante el ejercicio de su independencia e imparcialidad, valora la gravedad y urgencia del caso, a veces con parámetros o visiones relacionadas con su propia visión del asunto. Parcialmente esta cuestión se puede resolver por la vía de los recursos y mecanismos que prevé nuestro ordenamiento jurídico, presentándose en última instancia quejas por retraso o por dilaciones indebidas.
P.- Creo que en España se sigue apostando exclsuivamente por méritos académidos (oposición memorística o acceso, hoy solo por el 4º turno, y paralizado por el CGPJ, puntuando doctorados, clases, etc) Sin embargo se olvidan del aspecto más imporntante: la experiencia. ¿Por qué no se vuelve a instaurar el acceso a la carrera judicial y fiscal por el tercer turno, y buscando realmente buenos profesionales como hace el sector privado? Cómo cree que ficharía el sector privado a buenos juristas?
R.- Buenos días. Ya creo haber contestado a esta pregunta. Nosotros en su momento criticamos la decisión de suprimir el tercer turno de acceso.
P.- ¿Cómo haría, a su juicio, la selección de los expedientes académicos? ¿Dónde pondría el corte?
R.- Buenos días. Aparte de un buen expediente académico, creo que en los próximos años será inevitable la realización de oposiciones, notoriamente mejoradas, o un concurso- oposición.
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